.El derecho de las familias ha experimentado una gran transformación en Colombia, pasando de un enfoque tradicional centrado en el derecho civil a un marco normativo autónomo que reconoce y protege la diversidad de tipologías familiares. Este cambio refleja un compromiso con la equidad y la inclusión, asegurando que todas las formas de familia (matrimonios, uniones maritales de hecho y concubinatos) tengan un lugar en el sistema jurídico. En este contexto, la conciliación se ha convertido en una herramienta clave para resolver conflictos familiares de manera accesible, económica y eficiente, amparada por la Ley 2220 de 2022.
La Evolución hacia el Derecho de las Familias
El derecho de las familias se ha consolidado como una disciplina independiente, con fuentes normativas propias que regulan tanto las relaciones de pareja (matrimonio, unión marital de hecho y concubinato) como las relaciones filoparentales, incluyendo potestad parental, custodia, alimentos y régimen de visitas. Esta evolución responde a la necesidad de reconocer la diversidad familiar en Colombia, garantizando igualdad y equidad para todas las formas de convivencia. La conciliación, como mecanismo alternativo de resolución de conflictos, desempeña un papel crucial en este marco, permitiendo a las partes llegar a acuerdos que respeten sus derechos y promuevan el bienestar familiar.
El Divorcio: Un Asunto No Conciliable
Un aspecto fundamental del derecho de las familias es el divorcio, que, debido a su naturaleza, no puede ser objeto de conciliación. El cambio en el estado civil requiere una solemnidad que solo un juez o, en casos de mutuo acuerdo, una escritura pública notarial pueden otorgar. La conciliación, sin embargo, resulta invaluable para resolver aspectos asociados al divorcio, como la definición de alimentos, custodia o régimen de visitas. Por ejemplo, un acta de conciliación puede incluir acuerdos que comprometan a las partes a firmar un poder para tramitar el divorcio notarial, asegurando que los términos sean claros y vinculantes. Este documento, con mérito ejecutivo y efecto de cosa juzgada, ofrece seguridad jurídica y facilita el proceso.
Liquidación de la Sociedad Conyugal
La liquidación de una sociedad conyugal es un proceso complejo que requiere solemnidad, generalmente a través de una escritura pública. Aunque la Ley 2220 de 2022 permite incluir acuerdos de liquidación en un acta de conciliación, estos no son suficientes para registrar oficialmente la disolución de la sociedad conyugal. Para garantizar la seguridad jurídica, es recomendable protocolizar dichos acuerdos en una escritura pública. Actualmente, el Gobierno nacional trabaja en un decreto que reglamentará esta disposición, pero hasta que entre en vigor, la protocolización sigue siendo la mejor práctica. La conciliación, en este sentido, ofrece un espacio para negociar los términos de la liquidación, asegurando que las partes lleguen a acuerdos equitativos antes de formalizarlos.
Unión Marital de Hecho: Una Alternativa Accesible
A diferencia del divorcio, la declaración de una unión marital de hecho puede realizarse mediante un acta de conciliación, una escritura pública o una sentencia judicial. Los centros de conciliación ofrecen una vía particularmente atractiva para este trámite, ya que son más económicos y flexibles que las notarías. Este proceso permite a las parejas formalizar su relación y acceder a derechos como la sociedad patrimonial, alimentos o pensión de sobrevivientes. Asimismo, la terminación y liquidación de una unión marital de hecho puede gestionarse en conciliación, siempre que no involucre bienes que requieran escritura pública. Este enfoque no solo reduce costos, sino que agiliza los trámites, beneficiando especialmente a poblaciones vulnerables.
Conciliación en Asuntos Familiares
La conciliación en asuntos familiares abarca desde la declaración de uniones maritales hasta la liquidación de sociedades patrimoniales y la definición de alimentos o custodia. Los centros de conciliación, en comparación con las notarías, ofrecen una alternativa rápida y económica, ideal para resolver conflictos sin recurrir a procesos judiciales prolongados. Sin embargo, ciertos actos, como la liquidación de sociedades con bienes inmuebles, requieren una escritura pública para su formalización. La conciliación, en estos casos, sirve como un paso inicial para negociar acuerdos que luego se protocolizan, garantizando claridad y cumplimiento.
Concubinato: Reconocimiento y Derechos
El concubinato, entendido como una relación de convivencia sin formalización legal, también tiene un lugar en el derecho de las familias. Aunque no cuenta con una ley específica, la jurisprudencia colombiana ha reconocido derechos significativos para las personas en estas relaciones, incluyendo protección familiar, alimentos, pensión de sobrevivientes y la posibilidad de constituir sociedades de hecho. La conciliación puede ser utilizada para resolver disputas relacionadas con el concubinato, como la definición de obligaciones alimentarias o la distribución de bienes adquiridos durante la convivencia. Este reconocimiento refuerza el compromiso del sistema jurídico con la protección de todas las formas de familia, sin importar su estructura.
Ventajas de la Conciliación en el Derecho de las Familias
La conciliación ofrece múltiples ventajas en el ámbito familiar. En primer lugar, su accesibilidad económica la convierte en una opción viable para personas de todos los estratos, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad. En segundo lugar, su flexibilidad permite adaptar los acuerdos a las necesidades específicas de las partes, promoviendo soluciones personalizadas. Finalmente, la rapidez del proceso evita los costos emocionales y financieros de los litigios judiciales, fortaleciendo las relaciones familiares y reduciendo conflictos prolongados.
La conciliación en el derecho de las familias es mucho más que un mecanismo de resolución de conflictos; es un puente hacia una justicia más humana, inclusiva y accesible. Al facilitar la declaración de uniones maritales, la negociación de acuerdos patrimoniales y la resolución de disputas filoparentales, los centros de conciliación empoderan a las familias para construir soluciones equitativas. Amparada por la Ley 2220 de 2022, esta práctica refleja el espíritu del derecho de las familias: reconocer la diversidad, proteger los derechos fundamentales y promover la convivencia.
Información tomada del marco del Diplomado en Conciliación en Derecho, clase impartida por:

Catalina Cardozo Arango
Abogada, candidata a magíster de Eafit, experta en Derecho de las Familias, género, sexualidades diversas, discapacidad, y otros enfoques diferenciales. Abogada litigante por más de 17 años y asesora de varias entidades públicas y privadas. Docente e investigadora universitaria.
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Fuente: https://fundacionapg.org/conciliacion-en-el-derecho-de-las-familias/
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